A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Nubia Cristina Salas Salas·Demandado Corte Suprema De Justicia, Sala Civil Y Agraria
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente fundado en la aplicación de reglas de reparto, en la medida en que la primera autoridad fundó su incompetencia en el artículo 1° del Decreto 333 de 2021.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
A las dos Corporaciones involucradas se les advirtió que, en lo sucesivo, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 8 de agosto de 2023 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado dentro del trámite de la acción de tutela formulada por Nubia Cristina Salas contra la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4529 a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que, en lo sucesivo, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.